Reclamación a las calificaciones finales

Tras la entrega de notas, en el supuesto de que exista desacuerdo con la calificación final obtenida en una materia o ámbito por un alumno, sus padres o tutores legales, o el propio alumno si es mayor de edad, podrán presentar en la secretaría del centro la solicitud de revisión, por escrito según el siguiente procedimiento:

 

ACTUACIÓN PLAZO ESO Y BACHILLERATO PLAZO CICLOS FORMATIVOS DOCUMENTO
Alumno / familia y profesor. Solicitarán revisar la calificación con el profesor de la materia. En caso de disconformidad con la calificación final se procederá al siguiente paso.  Tras recibir la calificación y antes de que transcurran dos días hábiles Tras recibir la calificación y antes de que transcurran tres días hábiles
Alumno / familia. Solicitud de reclamación de la calificación final a jefatura de estudios, que la trasladará al departamento didáctico inmediatamente Hasta dos días lectivos tras recibir la comunicación de la calificación Hasta tres días lectivos tras recibir la comunicación de la calificación

Presentación por registro secretaría del centro

El departamento didáctico revisará la solicitud y modificará o ratificará la calificación final. Trasladará su informe a jefatura de estudios.  Hasta el fin del plazo para presentar solicitudes Hasta el fin del plazo para presentar solicitudes
Jefatura de estudios comunicará al alumno o sus padres por escrito el resultado de la reclamación en ESO y Bachillerato, dirección en el caso de los ciclos formativos  Inmediatamente tras recibir el informe del departamento Hasta dos días hábiles después de recibir el informe del dpto.
Alumno / familia. En caso de que, tras la revisión persista el desacuerdo con la calificación final, el alumno o sus padres podrán presentar por escrito a la dirección del centro una reclamación a la Dirección de Área Territorial Madrid Norte  Dos días hábiles a partir de la notificación Dos días hábiles a partir de la notificación

Presentación por registro secretaría del centro

La dirección del centro remitirá el expediente a la Dirección de Área Territorial Madrid Norte  Tres días hábiles Dos días hábiles
La Dirección de Área Territorial adoptará la resolución pertinente, que será motivada y que comunicará a la dirección del centro para su aplicación y traslado al interesado  Quince días hábiles a partir de la recepción del expediente Quince días hábiles a partir de la recepción del expediente

 

En el procedimiento de revisión de las calificaciones finales de las materias, el alumno, o los padres o tutores legales cuando aquel sea menor de edad, podrán solicitar copia de los exámenes, lo que se hará a través de registro y mediante una petición individualizada y concreta, sin que quepa realizar una petición genérica de todos los exámenes. A la entrega del documento, el interesado deberá firmar un recibí de su recepción.

NORMATIVA SOBRE RECLAMACIONES POR NIVELES

ESO:
ORDEN 1712/2023 de 19 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se regulan determinados aspectos de organización, funcionamiento y evaluación en la Educación Secundaria Obligatoria. Artículos 46 y 47.

BACHILLERATO:

ORDEN 2067/2023, de 11 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se regulan determinados aspectos de organización, funcionamiento y evaluación en el Bachillerato. Artículos 38 y 39.

FORMACIÓN PROFESIONAL:

ORDEN 893/2022, de 21 de abril, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, por la que se regulan los procedimientos relacionados con la organización, la matrícula, la evaluación y acreditación académica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo en la Comunidad de Madrid. Artículos 52 y 53.

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